19 de marzo de 2015

Ya están disponibles las bases del XII Premio Minotauro

Eran muchos los que esperaban conocer las bases del XII Premio Minotauro, y durante estos días Planeta ha colgado estos días las bases del mismo. La admisión de los originales de esta nueva edición del premio de fantasía, ciencia ficción y terror será el 15 de junio de 2015, mientras que el fallo del jurado se hará público durante el tercer trimestre del presente año.

La dotación económica de esta nueva edición del premio ha pasado de los 10.000 a los 6.000 doblones —la dotación económica en las cinco primeras ediciones del premio era de 18.000 doblones—, cantidad que será considerada como anticipo por la cesión de los derechos de la obra, ya que como en todas las ediciones anteriores, Minotauro publicará la obra ganadora en el plazo de un año desde la concesión del premio.


El premio Minotauro lleva celebrándose desde 2004 y los anteriores ganadores han sido: León Arsenal (Máscaras de matar, 2004), Rodolfo Martínez (Los sicarios del cielo, 2005), Javier Negrete (Señores del Olimpo, 2006), Clara Tahoces (Gothika, 2007), Federico Fernández Giordano (El libro de Nobac, 2008), Fernando J. López del Oso (El Templo de la Luna, 2009), Víctor Conde (Crónicas del Multiverso, 2010), Montse de Paz (Ciudad sin estrellas, 2011), Ángel Gutiérrez y David Zurdo (La torre prohibida, 2012), Panteón (Carlos Sisí, 2013) y Carlos Molinero (Verano de miedo, 2014).

BASES DEL PREMIO MINOTAURO 2015

El presente concurso, convocado por el sello editorial “Minotauro” perteneciente a
Editorial Planeta, S.A. (Sociedad Unipersonal), en adelante “Minotauro”, con
domicilio en 08034 Barcelona, Avenida Diagonal 662-664 y provista de C.I.F. nº
A08186249, tiene como finalidad descubrir nuevos talentos y celebrar la 12ª edición del
Premio Minotauro, en adelante el "Premio”.

Condiciones y Mecánica del Premio

1. Pueden participar en este Premio todos los escritores, cualquiera que sea su
nacionalidad, que presenten novelas originales e inéditas, escritas en lengua castellana,
cuyo argumento pueda englobarse dentro de la ciencia ficción, la literatura fantástica o
el terror y que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro certamen literario.

2. Las novelas podrán presentarse por correo postal impresas (enviar al domicilio de
Minotauro) o por correo electrónico (enviar a premiominotauro@planeta.es) en un
archivo word o pdf. En ambos casos deberá especificarse el nombre del autor, DNI o
pasaporte, su domicilio y teléfono de contacto. En caso de las obras que se presenten
bajo pseudónimo y por correo electrónico es imprescindible enviar por correo postal los
datos personales y contacto del participante haciendo mención al original al que
pertenecen. Todas las obras deberán participar con una declaración firmada en la que
deberán constar, necesariamente los siguientes extremos:

(I) Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra, así
como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o
ajena.

(II) Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos
de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de
explotación.

(III) Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún
otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la
obra al Premio.

(IV) Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las
condiciones establecidas en las presentes bases.

(V) Fecha de la declaración y firma original.
En los casos de las obras presentadas vía correo electrónico la declaración jurada se
incluirá escaneada en el mismo correo electrónico en el que se envíe la novela o bien
por correo postal junto a los datos personales.

El autor de la obra presentada al Premio se obliga a mantener totalmente indemne a
Minotauro por cuantos daños y/o perjuicios pudiera ésta sufrir como consecuencia de la
inexactitud o falta de veracidad de cualquiera de las manifestaciones indicadas
anteriormente y realizadas por el autor en el momento de la presentación de la obra.

La presentación de la obra al Premio bajo pseudónimo se efectúa sólo a los efectos del
desarrollo del concurso hasta su fallo.

Quedan excluidas, en cualquier caso, las obras de autores fallecidos antes de anunciarse
la convocatoria del Premio.

3. La extensión mínima de los originales será de 150 páginas, en folios tamaño DIN-A4
(210 x 297 mm), mecanografiados a doble espacio y por una sola cara. A su entrega las
obras deberán estar terminadas sin ser susceptibles de añadir partes o cambios con
posterioridad al fallo del Premio.

4. La cuantía del Premio será de SEIS MIL (6.000) EUROS, cuantía que será así mismo
considerada como anticipo por la cesión de los derechos de edición de la obra.
El ganador se compromete a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el
mundo y en español, de los derechos de edición de la obra en todos los formatos. Dicho
contrato estará sujeto a los términos y condiciones indicados en la condición 9 de estas
bases. Minotauro se compromete a publicar la obra ganadora en el curso de un año
desde la concesión del Premio.

5. La admisión de originales se cerrará el 15 de junio del año 2015. Para los
originales presentados por correo postal, durante los 14 días naturales posteriores a esta
fecha se aceptarán aquellos originales que lleguen con matasellos anterior al final del
plazo. El fallo del jurado, inapelable, se hará público durante el tercer trimestre del año
2015. Minotauro se pondrá en contacto con el ganador del premio para notificarle el
resultado.

6. Ninguno de los originales presentados al Premio dentro del plazo y en la forma
debida podrá ser retirado antes de hacerse público el fallo del jurado. La presentación al
Premio implica para el concursante la aceptación íntegra e incondicional de estas bases,
así como el consentimiento irrevocable del autor a la divulgación de la obra presentada
en caso de resultar premiada.

7. En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será
concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima
que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.

8. El otorgamiento del Premio implica el reconocimiento y la aceptación del autor al
derecho de publicación de la obra en exclusividad por Minotauro, comprometiéndose el
ganador a suscribir un contrato de cesión en exclusiva de todos los derechos de
explotación —en cualquier formato o soporte y canal conocidos en el momento del
otorgamiento del premio— sobre esa obra, para todos los países y lenguas del mundo y
por todo el periodo de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual.

Minotauro podrá efectuar la explotación de los derechos sobre la obra galardonada
directamente por sí misma o suscribir, con cualquier otra compañía de su grupo
empresarial o con terceros, en exclusiva o no, los acuerdos que resulten precisos para
posibilitar la mejor explotación y ejecución de aquéllos y en las diversas modalidades,
tanto en España como en el extranjero.

Minotauro podrá efectuar una primera edición de la novela galardonada con la tirada de
ejemplares que libremente decida. Las ediciones sucesivas que sigan a la primera se
efectuarán con las tiradas que libremente decida el editor. La decisión acerca de la
modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de
distribución comercial corresponderá única y exclusivamente al editor.

La cantidad percibida por el autor como Premio tendrá a efectos del contrato concepto
de anticipo.

Minotauro satisfará al autor por la venta de ejemplares el diez por ciento (10%) en las
ediciones tipo tapa dura o flexible y/o rústica, el seis por ciento (6%) en las ediciones de
bolsillo y el cinco por ciento (5%) en las restantes modalidades. Estos porcentajes se
calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA de los ejemplares vendidos de las
distintas ediciones. En el caso de que la explotación de los derechos se lleve a cabo por
medio de terceros, la remuneración de los autores será el sesenta por ciento (60%) de los
ingresos netos que obtenga Minotauro. En el caso de la publicación de la obra en
formato de libro electrónico, el autor recibirá, en concepto de regalía, el veinticinco por
ciento (25%) sobre ingreso neto del editor, es decir, ingreso después de aplicar los
descuentos al distribuidor.

Minotauro detraerá de la primera o primeras liquidaciones que efectúe a favor del
AUTOR las cantidades que le haya abonado en concepto del anticipo acordado.

9. Cada autor se compromete a suscribir cuantos documentos sean precisos para que la
edición de su obra sea inscrita en el Registro de la Propiedad Intelectual y, si fuera
necesario, de la Propiedad Industrial de España, como, asimismo, en los
correspondientes registros extranjeros.

10. Con el objetivo de lograr la mayor difusión del Premio Minotauro, el autor se
comprometerá activa y personalmente en la promoción de la obra ganadora que
Minotauro estime necesaria.

11. Adjudicado el Premio, no se devolverán a los autores no premiados los originales,
que serán destruidos.

12. Minotauro no mantendrá correspondencia ni comunicación alguna con los autores
que se presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración
de las obras.

13. Minotauro se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en
cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido
galardonadas, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente
dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha
en que se haga público el fallo del Premio Minotauro. El autor se obliga frente a
Minotauro, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder,
en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.

14. Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con
ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes renuncian al
foro propio que pudiera corresponderles y acuerdan someter el conflicto planteado a la
jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España).

No hay comentarios:

Publicar un comentario